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Denuncian que el decreto de atención temprana desautoriza a muchos centros en Bizkaia

Por el 02/01/2018
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Recientemente, el Boletín Oficial del País Vasco ha publicado un Decreto por el que se regularán los centros de Euskadi que pueden dispensar la Atención Temprana en base a unos requisitos estructurales, funcionales y de personal. Entre varias cuestiones, el nuevo decreto explica cómo deben ser las instalaciones de estos centros en cuanto a disposición de la entrada, número de baños, despachos, etc. Asimismo, el Decreto especifica como requisito para formar parte de la nueva red de concertación pública que en cada centro debe haber dos profesionales que presten servicio en tres de los cuatro ámbitos de actuación para los trastornos del desarrollo que se trabajan en la Atención Temprana (movilidad, cognición, lenguaje y emocional).

Ante este nuevo escenario, los distintos colectivos profesionales que intervienen en los Equipos de Intervención en Atención Temprana de Bizkaia (Psicología, Fisioterapia y Logopedia) quieren expresar su malestar y preocupación por las medidas que se adoptarán con la entrada en vigor de este Decreto en lo que respecta a Bizkaia, que se hará efectivo a través de la Diputación Foral de Bizkaia. En concreto, a través de un Decreto Foral.

De esta forma, el Colegio Oficial de Psicología de Bizkaia, el Colegio Oficial de Fisioterapeutas del País Vasco y el Colegio de Logopedas del País Vasco se han unido y quieren explicar estas cuestiones:

1.Requisitos innecesarios que ponen en duda los servicios prestados hasta ahora

La Diputación Foral de Bizkaia destaca que la regulación de centros se fundamenta en una “mejora de la calidad del servicio”. Esta especificación deja en mal lugar a los centros que no están convenidos con el Decreto Foral porque repercute en  su imagen. Parece que no son centros de calidad cuando en realidad sí lo son y han venido prestando un excelente servicio que hasta ahora estaba acreditado por la propia Diputación. La mayoría de los centros que han quedado fuera del decreto lo han hecho por decisión propia. Hasta un total de 49 centros integrarán la red concertada de Atención Temprana en Bizkaia, cuando hasta ahora eran 107.

Reivindicamos el máximo respeto al excelente servicio prestado hasta ahora por parte de centros y profesionales que, obligada o voluntariamente, no se han acogido al decreto por términos de sostenibilidad empresarial. Dichos centros siguen prestando una adecuada atención como lo venían haciendo hasta ahora.

En opinión de nuestros profesionales, las numerosas exigencias recogidas en el nuevo Decreto Foral sobre las condiciones mínimas a cumplir de los centros de actuación resultan desproporcionadas y, en casos, injustificadas. En muchos casos nuestros colegiados y colegiadas nos han expresado directamente la inviabilidad de la remodelación y/o adecuación de las instalaciones. Son centros que invierten en formación e instrumentalización por encima de cambios urbanísticos injustificados a través de la experiencia de años.

En este contexto, el Decreto Foral explica cómo deben ser las instalaciones (disposición de la entrada, número de baños, despachos, etc.). Muchos centros no están dispuestos a poner baño dentro de sus instalaciones cuando ya disponían de este recurso de forma comunitaria. Y en muchos casos no están dentro del Decreto por no cumplir unos metros requeridos, aún cuando no son necesarios para la prestación profesional que se ofrece en estos centros. No se trata de centros rechazados sino de centros que no han presentado documentación por no ver necesario acometer reformas urbanísticas para ofrecer un servicio adecuado a su oferta profesional.

Entendemos una adecuada regulación de la Atención Temprana y del servicio prestado que redunde en el beneficio del usuario y sus familias pero no de forma excluyente y con imposiciones que no se corresponden con las necesidades sanitarias y arquitectónicas para esta problemática.

2. Escasa distribución geográfica de los centros y pérdida de cercanía a las familias

El Decreto Foral ha desencadenado una enorme asimetría y desigualdad en la prestación de los servicio en lo que respecta a Bizkaia, hasta el punto de que dependiendo de dónde sea el lugar de residencia del usuario, este tendrá que recorrer muchos kilómetros para recibir la atención debida. Existe una disparidad geográfica en la prestación del servicio y una limitación de las familias en la elección libre del centro y/o del profesional.

El Gran Bilbao concentra el 50% de los centros, mientras que en otras comarcas existen déficits notables: en Busturialdea hay 0 centros autorizados; en Encartaciones solo hay un centro en Zalla; en Uribe Kosta solo hay un centro en Urduliz; en Lea Artibai hay un centro en Lekeitio sin Logopedia y en la zona de Arratia Nervión solo hay un centro en Ugao-Miraballes y no tiene Psicología.

El Decreto Foral, por tanto, pone en riesgo los principios básicos que necesariamente han de ser contemplados en la intervención integral en Atención Temprana como la proximidad de la prestación sociosanitaria. Asimismo, este nuevo escenario supone una merma en el derecho de las familias a elegir centro.

Asimismo, en estos momentos muchos niños y niñas que, en estos momentos, están inmersos en terapias y tendrán que moverse de su centro para cambiar a un centro de la nueva red de atención temprana. Estamos hablando de niños con una gran fragilidad y requieren de atenciones especiales. Encontramos numerosos abordajes y tratamientos que deben ser respetados hasta la finalización de los mismos, sin contemplar fechas tope que obliguen al siempre perjudicial cambio de estrategias y profesionales.

3. Exigencia de ser centros con varias disciplinas cuando no es necesario

El Decreto Foral marca como requisito que para entrar en la nueva red de concertación, en cada centro debe haber dos profesionales que presten servicio en tres de los cuatro ámbitos de actuación para los trastornos del desarrollo que se trabajan en la Atención Temprana (movilidad, cognición, lenguaje y emocional).

La exigencia de unos requisitos de recursos humanos se puede entender en el contexto de aquellos centros centros que pretendan ofrecer una atención interdisciplinar dentro del sistema, pero está injustificada al ser exigida a una gran mayoría de centros unidisciplinares que vienen ofreciendo una respuesta satisfactoria a un amplio porcentaje de la población diana. (Por ejemplo, un centro que se dedique a Logopedia o Psicología exclusivamente).

Se debe permitir la continuidad en el desempeño de este servicio público a estos centros unidisciplinares que se rigen bajo unos criterios de calidad y funcionamiento sobresaliente para del desempeño de un área en concreto.

4. Ausencia de Logopedia y Fisioterapia para evaluar a los niños y niñas

El decreto regula que la prescripción de atención temprana se hará como hasta ahora, mediante el EVAT (Equipo de Valoración de Atención Temprana), liderado por la Diputación Foral de Bizkaia, en colaboración con el sistema de Salud (Osakidetza) y de Educación que estudiarán la situación del niño o niña y las necesidades de intervención de una manera global. Todos los casos de valoraciones de menores de seis años, tanto para la Atención Temprana, Dependencia o Discapacidad se consideran urgentes.

Tras la valoración se concederán los tratamientos de atención temprana por áreas, intensidad y duración, y se informará a las familias sobre los centros de desarrollo infantil donde pueden acudir para iniciar dicha atención.

En estos equipos de evaluación existe una injustificada ausencia de profesionales de la Fisioterapia y Logopedia, siendo otros profesionales quienes toman estas decisiones. Logopedia y Fisioterapia siguen siendo «prescritas» por profesionales que poco o nada saben de evaluar estas necesidades. La prescripción de la llamada psicomotricidad se basa en criterios poco definidos -cuando no desajustados-. Su prestación puede caer en manos de cualquier persona con un título no avalado por criterios oficiales.

5. Incongruencia en la acreditación de los profesionales

El Decreto Foral establece que la acreditación de la cualificación profesional de quienes van a dispensar esta atención se realizará por medio de las titulaciones oficiales de Psicología, Fisioterapia, Logopedia y Trabajo Social. En el caso de la Psicomotricidad, no existe actualmente regulación sobre títulos, estudios que sirvan para la acreditación de la cualificación profesional en este campo.

Resulta indiscutible la exigencia de la titulación o cualificación adecuada para el ejercicio de la Psicoterapia, Fisioterapia, Logopedia o Trabajo Social. Sin embargo, la presentación y abordaje de la Psicomotrocidad nos invita a la confusión y ofrece u excesivo espacio a la interpretación

6. Ausencia de escucha por parte de la Diputación

Por último, queremos resaltar la absoluta indiferencia y falta de la más mínima intención de escuchar, atender y/o empatizar por parte de la Diputación a las numerosas inquietudes y sugerencias recibidas desde los distintos colectivos profesionales que intervienen en la Atención Temprana.

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